Apartan al juez de la causa contra la viuda de Daniel Muñoz

Se trata del magistrado Luis Rodríguez. Fue tras un pedido del fiscal Stornelli por su demora en indagar y avanzar sobre el caso.

Apartan al juez de la causa contra la viuda de Daniel Muñoz
Apartan al juez de la causa contra la viuda de Daniel Muñoz

Luego de una "batalla" judicial, la Cámara Federal porteña apartó al juez federal Luis Rodríguez de la causa por el enriquecimiento ilícito del ex secretario privado de los Kirchner, Daniel Muñoz, su viuda y otros acusados que está relacionada con la causa de los cuadernos de las coimas.

El apartamiento de Rodríguez había sido pedido por el fiscal Carlos Stornelli por su demora en indagar y avanzar sobre el recupero de los bienes por 70 millones de dólares que  Muñoz -fallecido en 2016- tiene en departamentos y cuentas en EEUU. Se trató de una segunda pelea entre Rodríguez y Stornelli. La primera había sido por la detención del ex ministro de Planificación, Julio De Vido, en la causa por el desvío de fondos en la mina de Río Turbio. Sacarle una causa a un juez es una medida grave y extraordinaria en los tribunales.

La causa de la viuda se sorteó y recayó en el juez Daniel Rafecas, quien en los próximos días deberá tomar una serie de medidas trascendentales.

En una resolución, firmada por los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia, el tribunal también anuló la exención de prisión de la viuda de Muñoz Carolina Pochetti -detenida por pedido del juez Claudio Bonadio- y sus testaferros Sergio Todisco, Elizabeth Ortiz Municoy y Carlos T. Cortez que había dispuesto Rodríguez. Cortez, Todisco y la viuda de Muñoz cumplen prisión preventiva en la causa de los cuadernos y Ortiz Municoy está eximida de prisión por haberse acogido al régimen del arrepentido.

Todisco había firmado un acuerdo de cooperación con Stornelli, pero el juez Bonadio no lo aceptó y lo mandó preso. En los próximos días Todisco (dueño de la marca de pulóveres Mauro Sergio de Mar del Plata) quizás amplíe su confesión fundamentalmente porque su ex mujer Ortiz Municoy reveló maniobras que hicieron con la plata negra de Muñoz. La declaración de Ortiz Municoy se mantiene en secreto de sumario aunque trascendió que podría complicar a al ex presidenta Cristina Kirchner.

De todos modos, el nuevo juez de la causa del enriquecimiento deberá decidir su situación procesal de los primeros tres o eventualmente pasarle el caso a Bonadio. 
Por economía procesal, la causa del enriquecimiento de Muñoz debería fusionarse con la de los cuadernos de las coimas.

“Es la ruta del dinero de los cuadernos. No tiene lógica tramitarla por separado”, dijo una alta fuente judicial a este diario. En la causa de los cuadernos, Muñoz aparece como el secretario de los Kirchner que más bolsos con coimas recibió de parte del ex secretario de Coordinación de Julio De Vido, Roberto Baratta, y también del financista Ernesto Clarens.

El viernes 19 de octubre, el juez federal Claudio Bonadio detuvo a la viuda de Muñoz y a sus socios en la causa de los cuadernos y pidió a Rodríguez que se apartara de la causa por enriquecimiento contra Muñoz porque debía absorberla la suya.

La cámara citó la apelación de Stornelli en la que había recordado que “el juez Rodríguez  no ha dispuesto -a más de un mes de la presentación que iniciara este debate- medida alguna tendiente a cautelar los fondos detectados en el extranjero”. El fiscal sostuvo que las condenas que habría por lavado de dinero “superan ampliamente el techo de los ocho años de prisión”  y si son condenados -en un juicio oral- tendrían una pena de cumplimiento efectivo.

Luego Stornelli sostuvo que la caución de 10 millones contra los acusados dispuesta por Rodríguez  “es sólo 0,3% del total reconvertido ilícitamente (70 millones de dólares) y habría de neutralizar todos los riesgos de obstrucción en orden a su recupero, máxime -e insisto- cuando siquiera se ha ordenado el congelamiento de los productos sí debidamente identificados”.

Rodríguez es amigo y compadre del operador judicial del peronismo y miembro de la auditoría general de la Nación, Javier Fernández, quien está procesado en la causa de los cuadernos.

En un duro fallo, los camaristas dispusieron el apartamiento del juez Rodríguez por los siguientes motivos: “No es la primera vez que la sala adopta una solución así en la causa. Por ende, las especiales razones que -antes y ahora- han llevado a privar de efectos a las resoluciones adoptadas por el juez, conducen a hacer uso de la facultad que reconoce el art. 173, CPPN, apartándolo de conocer en el expediente”.

Será el magistrado que quede a cargo de la causa quien “deba dar respuesta a las pretensiones que se han efectuado, teniendo en cuenta las pautas trazadas por esta cámara” para avanzar en la investigación que venía demorada. En otras palabras, no siguió con las órdenes del tribunal en la causa e incluso favoreció a los imputados.

El tribunal recordó ese “dinero se mantuvo en movimiento, siendo transferido a entidades financieras de otros Estados de Norteamérica, así como a México (capital) y China (Hong Kong). También se presumen envíos a Andorra, concretamente a cuentas a nombre de diferentes empresas y personas. Incluso -alega el acusador- los traspasos financieros se han mantenido en el tiempo, hasta épocas actuales”.

Según la Cámara, las resoluciones del juez que eximieron de prisión a los imputados son inválidas por falta de fundamentación. Uno de los ahora detenidos, Cortez, incluso hizo un viaje sospechoso unos días antes de la orden de Bonadio a EE.UU.

Irurzun y Bruglia sostuvieron que el fiscal “ha invocado extremos concretos y específicos de los hechos y de la conducta presuntamente asumida por sus responsables que -según su criterio- resultan indicadores de un riesgo procesal que, en los términos de la ley, obsta a concederles la exención de prisión (arts. 316 y 319, CPPN)”.

El tribunal relacionó esas afirmaciones con datos de la causa que refieren “a la forma y a la continuidad con que habrían operado en el presunto lavado de dinero proveniente de la corrupción, así como al importante caudal de las sumas”.

Factores estos que, a su modo de ver, “revelan la capacidad de los imputados para afectar el normal desarrollo de la pesquisa e indican la existencia de motivos fuertes para presumir que harían uso de aquella, obstruyendo el logro de propósitos relevantes de la etapa preparatoria -entre ellos, el recupero de los bienes-”.

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